Siguiendo el debate mantenido recientemente en IWETEL sobre las nuevas titulaciones surgidas tras la reforma de Bolonia, nos ha parecido muy esclarecedor el resumen enviado por Isidro Aguillo donde se especifican las equivalencias entre uno y otro sistema.
Esto es de especial importancia en el acceso a la función pública y también es de gran relevancia de cara a la creación de un colegio pues se tienen que tener bien claras las titulaciones y categorías existentes.
A continuación os reproducimos la mayor parte del mensaje (las negritas son nuestras):
El título de diplomado no equivale al de grado. Aquellos diplomados que quieran tener el título de grado tienen que hacer un curso con los créditos que les faltan.
- Esto es importante porque el grado es el nivel de entrada para los puestos A1 de la Administración Pública, para los que ahora se exige la Licenciatura.
- Los Diplomados podran seguir accediendo a los puestos clasificados A2 como hasta ahora
El título de master, incluidos los oficiales, no están recogidos en el Estatuto del Empleado Público, por lo que no son equivalentes al título de Licenciado. Sin embargo a partir de ahora serán imprescindibles para acceder al Doctorado.
El título de Doctor es requerido para ser Profesor universitario o investigador.
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